El presidente Rafael Correa obtuvo una fácil victoria contra los banqueros y eso que estaba de vacaciones. El 24 de julio y a vísperas de que venza el plazo de 30 días que tenía para su trámite, la Asamblea Nacional ha aprobado el Código Orgánico Monetario y Financiero, iniciativa que llegó de Carondelet, con 91 votos, suficientes para dar paso a una ley que de ambos lados -gobierno y banca- anuncian una revolución en el sistema financiero y económico del Ecuador.
Las diferencias de lo que se viene está en los detalles. Y hay muchos. En los 520 artículos, 18 disposiciones generales y más disposiciones reformatorias y derogatorias, se transforma, al menos según consta en el papel, las formas de hacer negocios financieros -y algo más que eso- en el país donde la Revolución Ciudadana de Rafael Correa tiene el poder 7 años. El oficialismo lo plantea de frente en la exposición de motivos de este Código: este es un instrumento normativo que contribuirá a cambiar las relaciones de poder que históricamente han predominado en el Ecuador. Nada menos. El propósito: apuntalar un nuevo modelo económico en el que prevalece la supremacía del ser humano sobre el capital financiero.
Para eso es esta ley aprobada, que aún deberá esperar la última revisión del presidente cuando regrese de su descanso, aunque en la Asamblea esperan un visto bueno al trámite que se hizo en este espacio.
El resumen que hizo Oswaldo Larriva, presidente de la comisión de lo Económico que preparó los informes, pone en primer lugar, entre las principales reformas, la integración en un solo órgano de la regulación monetaria y financiera y su separación del control.
Se refiere a la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, que se integrará con cinco personas. Esta gente sí que tendrá mucho trabajo. Sobre estos escogidos, recaerá prácticamente toda la responsabilidad de poner en funcionamiento los cambios que se buscan. Aunque lo de la responsabilidad es un decir: esta misma ley establece que cualquier acción judicial que se ponga en su contra deberá ser desechada por los jueces. Únicamente el Fiscal General tendrá esa posibilidad, en casos de delitos contra la Administración Pública. Y en esos casos, tendrán fuero de Corte Nacional, la máxima instancia.
La ley define quienes serán los integrantes de la Junta: los ministros de la Política Económica, de la Producción, de las Finanzas Públicas, el titular de la Planificación del Estado y un delegado del presidente de la República. Los Superintendentes (Bancos, Compañías, Valores y Seguros, Economía Popular y Solidaria) han perdido fuerza, pues seguirán las decisiones de esta Junta y en las deliberaciones podrán participar pero solo con su voz, sin voto.
Esta Junta tiene, en total, 55 funciones. En materia financiera tendrán que hacerlo casi todo. Su primera función que consta en la ley lo resume: formular y dirigir las políticas monetaria, crediticia, cambiaria y financiera, incluyendo la política de seguros y valores. Pero en la larga lista está la sostenibilidad de la balanza de pagos, la planificación económica para el Buen Vivir y la defensa de la industria naciente; monitorear los niveles de liquidez de la economía, decidir los destinos de la inversión de los excedentes de la liquidez de la banca pública y privada y regular los niveles máximos de remuneración de los administradores de las entidades financieras. La lista completa está en el artículo 14.
En el tema de la inversión de los excedentes de liquidez de los bancos interviene el Banco Central, que tendrá que cuantificar, en cifras, cuánto es ese exceso. Y después, garantizar esos fondos con instrumentos financieros reembolsables de inversión doméstica, que pueden ser títulos emitidos por Finanzas, del propio Banco Central o cartera de créditos con calificación A.
¿A dónde irá ese exceso de liquidez? La inversión se orientará prioritariamente a promover el cambio del patrón de especialización de la economía nacional, la innovación y el emprendimiento para incrementar la intensidad tecnológica y de conocimiento de la producción nacional, la sustitución selectiva de importaciones y la promoción de exportaciones.
La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera aprobará el plan de inversión doméstica, que es el instrumento que viabiliza la inversión de los excedentes de liquidez.
La ley crea, más adelante, el Sistema de Garantía Crediticia, un mecanismo para que obtengan créditos aquellas personas que no tengan garantías, como emprendedores, madres solteras, migrantes, con alguna discapacidad y otros grupos. Y además un monto mínimo de protección de los depositantes del sistema: $32.000
La regulación y el control de los sectores financieros privado y popular y solidario, de valores y seguros, no trasladará al Estado la responsabilidad de la solvencia de las entidades que los integran. Y este es uno de los puntos más cuestionados por los banqueros. Antonio Acosta, del Banco Pichincha, llegó a sugerir al gobierno que asuma directamente la gestión de los bancos y los elimine a ellos como simples intermediarios, que deberán asumir la responsabilidad de actos que no serán decisiones suyas, en palabras de Acosta.